miércoles, 16 de agosto de 2017


POR: Miktlan Ehekateotl Kwauhtlinxan

CDMX, 10/08/2017

Según las ultimas investigaciones de antropología forense, Las Tríbus Salvajes del sur de Europa, entre los siglos XVI y XIX, en su primitivo sistema de cuentas de los días, acostumbraban en el inicio del mes de Marzo y al final del mes de Octubre, tener sangrientos sacrificios a su demoníaco dios, quien sediento de sangre humana, pedía a sus fieles llevaran a hombres jóvenes, para ser sodomizados y después eran devorados vivos, por los sacerdotes en su sangriento ritual, estos sacerdotes del culto del palo transverso,  cometían estos actos de brutal sexualidad y de canibalismo, que lo compartían con el resto de la población en un terrorífico festín de sangre y sexo, que al ya estar cubiertos de sangre y aun con trozos de carne en sus bocas se hundían en oscuras orgías de sexo y estupefacientes que conseguían de hongos de los bosques de niebla y del moho del trigo y la cebada,  bebiendo una bebida embriagante rojo oscuro que obtenían de las uvas, diciendo que esa era la sangre de su “dios demonio” y la bebían durante este ritual,  involucrando a toda la población, la justificaban diciendo que de esa manera su dios entraba en ellos, haciendo se parte de sus propias carnes y espíritus.

A manera de conmemoración de sus horribles actos de locura, reunían los cráneos y formaban estructuras para sus repugnantes templos del horror…


Capilla de los huesos de Czermna, Polonia


Catacumbas de Paris

Esta es SOLO UNA PARODIA, de cómo es, que se nos ve a los Pueblos Originarios de América, en la cual sin ninguna reserva, se hacen suposiciones y malversaciones de nuestra historia, sin respeto y sin una autentica búsqueda de la verdad…. ¿Que se siente? ser vistos y tratados de esta manera

DESEO ACLARAR QUE ESTA NOTA NO TIENE INTENCIONES XENOFOBICAS O GENOFOBICAS NI DE NINGÚN TIPO DISCRIMINATORIA, por culto, apariencia, preferencia sexual, estrato social o cultural. PERO SI ES PARA LLAMAR LA ATENCIÓN DE QUIENES, SI LO APLICAN SOBRE NOSOTROS, Los Pueblos Originarios de América.

Recientemente en esta nuestra Ciudad de México, fueron encontrados los restos del WEYI TZOMPANTLI (El Gran Apilamiento), que tal como lo describen algunos cronistas del siglo XVI que de manera presencial vieron esta estructura, hecha con el apilamiento de cráneos descarnados y unidos por una argamasa de cal y canto.


WEYI TZOMPANTLI Cd. de México Foto: PAU/ INAH

Pero que algunos de estos cronistas en su afán de notoriedad o producto de su gran sorpresa exageraron con el numero de estos cráneos que conforman esta extraña, pero no singular construcción, ya que en diferentes lugares del mundo se han utilizado también los huesos y cráneos humanos como parte de la estructura de algunas construcciones todas ellas con diversos motivos, aquí algunos ejemplos:

Osario de Eggenburg, Austria. Construido con los restos de 5,800 personas (S.: XVI). http://www.atlasobscura.com/places/eggenburg-charnel

Cappella Dosa Ossos, Construido con los restos de 5,000 monjes y dos cuerpos disecados, uno de ellos es el de un niño, Evora Portugal (S.: XVI). http://www.evora-portugal.com/es/capela-dos-ossos-evora-capilla-de-huesos-es.html

Santa Maria della Concezione dei Capuccini, restos de 3700 frailes, Roma Italia (S.: XVII)

Osario de Sedlec, restos de 40,000 personas, bajo la iglesia de San Jaime, Kutná Hora, República Checa (S.: XVII Y XVIII).

Osario del Monasterio de San Francisco, fémures y cráneos de aproximadamente 70,000 personas, Monasterio de San Francisco, Lima, Perú (S.: 1673 a 1808).

Osario de San Bernardino alle Ossa, numero impreciso de cráneos y huesos como adornos adosados en las paredes, Milan, Italia (1679).

Capela de Ossos, construida con huesos como principal material, Faro, Portugal (1719) https://en.wikipedia.org/wiki/Capela_dos_Ossos_(Faro)

Hallstatt Beinhaus, 1,200 cráneos, 620 decorados. Hallstatt, Austria (1720)

Capilla de las Calaveras de Czermna, restos de personas que murieron durante la guerra de los treinta años y epidemias posteriores, Czermna, Polonia (1776).

Catacumbas de París, tal ves el más famoso de los osarios con restos de entre siete y ocho millones de personas en aproximadamente 1.7 kms bajo las calles de la famosa Ciudad Luz, Paris, Francia.

Torre de calaveras de Ćele-kula, el General turco Hushi Pasha construyo esta torre de 4.6 por 4 metros, con las calaveras de 952 rebeldes servios como advertencia, Niš, Serbia (1809) https://es.wikipedia.org/wiki/%C4%86ele_Kula

Bien, pues por supuesto, la hoy innegable Torre de Cráneos del Weyi Tzompantli de la ciudad de Mexihko Tenoxtitlan, en la cual por crónicas de los invasores que la vieron en su estado original, pero que todos ellos sin dudar determinaron que se trataba de los cráneos de supuestas víctimas de “sacrificios” humanos a los ”Idolos” de quienes fundaron esta ciudad.

Pero para comprender la visión de los españoles que irrumpieron de manera ilegal en esta ciudad, debemos de saber algunos antecedentes importantes que históricamente les darían lo que ellos consideraban el “derecho” de invadir, matar y esclavizar así como tomar las posesiones de quienes habitaban este territorio de manera originaria.

Cuando en 1492 llegan a tierras que desconocían o aparentemente no tenían registradas los europeos, se enfrentan a un paradigma jurídico del derecho internacional de esos tiempos, ya que en una antiguo pacto jurídico conocido como Lus Gentium o “derecho de gentes” de origen romano, pero que con el tiempo se fue adaptando a nuevas circunstancias, este “derecho de gentes” era aplicado a quienes no eran nativos de  un reinado o imperio como en su origen con los romanos y los pueblos que avasallaban.

Fue diseñado para respetar los derechos originarios de los pueblos sojuzgados y de aquellos extranjeros quienes vivieran o transitaban en su territorio y el que dominaban, por supuesto siempre a favor del imperio, pero con el tiempo y con la llegada del cristianismo, este derecho se transformo así para el siglo XIII Santo Tomas de Aquino distinguirá entre el derecho de los seres animados, del hombre, del genero humano , los derechos entre naciones , como el “derecho de gentes”.

Pero en general y para este caso del territorio encontrado al que llamarían América, nos es necesario saber como es que se aplico este ya muchas veces nombrado “derecho de gentes”.

En el sistema hispánico el rey tenia plena jurisdicción de todos los habitantes de su reinado, incluyendo los no cristianos, los musulmanes y judíos tenían por derecho el poder ejercer su religión e incluso contaban con sus propios recintos de culto, los aljamas de moros y las sinagogas judías, para el siglo XV se iniciaron movimientos en Europa con la intención de consolidar una sola religión y que en España culmino con la expulsión de los judíos en 1492.

Así que al encontrar un territorio desconocido y habitado el cual querían invadir y someter, se enfrentaban al problema de justificarlo jurídicamente ante el resto de Europa, esto fue solucionado con un pacto con el Papa Alejandro VI (Rodrigo de Borgia), pacto en el que se le concede a la corona de España el territorio encontrado y su usufructo, a cambio de que cristianizara a sus habitantes. Estos acuerdo se les conoce como los famosos “justos títulos”, por los cuales España se comprometía a llevar la ocupación de acuerdo al derecho europeo.

Más sin embargo, tenían que cumplir una serie de reglas que preveía el famoso documento “derecho de gentes”. El hecho de que ni en su ciencia o filosofía no se mencionara la existencia de este territorio planteaba una serie de disyuntivas y la primera es que era un problema teológico, ya que la Biblia que era su principal documento sagrado, dictado por el mismísimo Espíritu Santo, no se menciona la existencia de este territorio, y de acuerdo con ella los discípulos de Jesús habían difundido su palabra por “todo el mundo” y este lugar no estaba mencionado, entonces está omisión debía de tener alguna solución.

En un principio dijeron que Santo Tomas habría llegado hasta aquí y difundido la palabra, pero si así era entonces todos los habitantes del continente caían en el delito de apostasía  que es el abandono o negación de la fe cristiana y que vuelva a su antigua religión o cambie a una nueva, este delito era fuertemente castigado.

Se decidió que este era un misterio de la Voluntad Divina y esto convirtió a todos en gentiles, por lo cual nunca habían recibido la palabra de Cristo y no necesitaban indultos, sino simplemente cristianizarlos.

Pero estos argumentos no beneficiaban a la Corona Española por que no les permitía someter por la fuerza a los Pueblos Originarios de acuerdo al Derecho Europeo, pero rápidamente encontraron una solución y fue inculparlos de idolatras.

La idolatría (de idolum, imagen y latreia, adoración, servicio o culto), entiéndase como el culto a la criatura y no al Creador, o sea al demonio. Por esto fue  considerada como el máximo pecado, y se le imputaba aquellos que practicaran y tuvieran las siguientes costumbres como un conjunto: sodomía, embriagues, antropofagia y sobre todo mantuvieran el culto a ídolos, y les hicieran sacrificios humanos.

Así que les fue muy fácil para justificar la invasión, sometimiento y explotación de los Pueblos Originarios acusarles de idolatría y con ello tenían el derecho ante los pueblos europeos de vetar su intervención y de sus actos de lesa humanidad.

Hasta la fecha las piezas arqueológicas que tienen una representación humana o zoomorfa se les sigue llamando “ídolos” o “ídolítos”, las zonas arqueológicas se llenan de turistas nacionales y extranjeros para ver en donde se hacían los “sacrificios humanos”, miles de páginas de papel y electrónicas se han llenado de las investigaciones y supuestas verdades de un grupo de bandoleros guiados por un corrupto y ambicioso “capitán” que aun en contra de las leyes españolas inicio una invasión ilegal en busca de su gloria y riqueza personal.

Ninguno de los llamados “conquistadores” vio de manera presencial un supuesto “sacrificio” humano y todas las descripciones posteriores descritas en documentos del siglo XVI pueden estar viciadas de origen por el estigma de la idolatría. De lo que si fueron testigos es que quienes eran capturados, tanto españoles como sus aliados, incluso de un caballo, que sus cabezas colgarían de las lanzas de quienes resistían el sitio, esto como una manera intimidatoria a quienes les atacaban, pero es que ¿acaso no es lo mismo que hicieron los cristianos a los otomanos? en la toma de Constantinopla en  1453.

Alguien se ha preguntado ¿si el Weyi Tzompantli fuera un Osario Sagrado? con fines conmemorativos de tipo religioso, como los muchos que hay en Europa, o que las victimas de estos “sacrificios” podrían haber sido criminales ajusticiados por causas legales, ya sea por romper leyes o ser enemigos capturados en batalla, provenientes de otros pueblos. La pena capital ha existido hasta la fecha.

La Jurisprudencia Mexihka no ha sido lo suficientemente valorada, si investigada pero no difundida como la romana, las leyes que prevalecían en Mexihko Tenoxtitlan, tenían un alto nivel de civilidad para esos tiempos.

No se trata de decir que no hubieran injusticias en estas tierras, en aquellos tiempos, tampoco habrá que negar que se sacara el corazón a personas, más habría que investigar con una visión más amplia, cuales fueron los motivos y las formas no solo con una versión viciada de origen por intereses económicos, políticos y religiosos.

Pero si es tiempo de revisar la historia con ojos diferentes ante pruebas testimoniales diferentes, como el documento de los “derechos de gentes”.


Miktlan Ehekateotl Kwauhtlinxan
Portador de La Palabra del Águila de La Continua Tradición Tetzkatlipoka.
Medico Tradicional y Maestro Mayor del Sistema de Sanación Wewepahtli

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Fuentes:
*Wikipedia
*El inicio de la Nueva España, Rosa Camelo Arredondo, Medardo Felipe Castro y Guillermo Porras Muñoz, Edición Privada para Smurfit Carton y Papel, 1987
Imágenes:
Google, Wikipedia, Wikimedi Commons y PAU/INAH

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